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MEMORIAS DEL SAQUEO

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Humor - Nik

La Nación - domingo 22 de junio de 2008 

Refugiados en Argentina

Agradecemos a Carolina Podestá representante del ACNUR Alta Comisión de las Naciones Unidas para los Refugiados, por la entrevista que nos brindó el viernes pasado 20 de junio para tratar la temática del refugiado en Argentina.

Exponemos a continuación algunos conceptos básicos de utilidad:

REFUGIADO  Según la Convención de 1951 un refugiado es una persona que se encuentra fuera de su país de nacionalidad o residencia, y no puede o no quiere regresar a él debido a fundados temores de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia  a determinado grupo social u opiniones políticas.

 
SOLICITANTE DE REFUGIO  Es aquella persona que ha presentado una solicitud en la que afirma que él o ella es un/a refugiado/a, y se halla esperando a que esa solicitud sea aceptada o rechazada. Algunos solicitantes de asilo serán considerados refugiados y otros no.

 
INMIGRANTE   Es un término amplio que abarca a la mayoría de las personas que se desplazan de un país a otro por una variedad de razones y durante un largo período de tiempo (como mínimo un año, para no incluir a turistas, personas en viaje de negocios, etc.).

 
INMIGRANTE ECONÓMICO  Es aquella persona que abandona su país de origen por razones económicas más que por motivos relativos al refugio.

 
DESPLAZADO INTERNO (DI)      Es aquella persona que ha sido forzada a salir de su hogar  debido al conflicto, o persecución (p.e. motivos similares a los relativos del refugio); o debido a un desastre natural u otra circunstancia inusual. Pero a diferencia de los refugiados, los desplazados internos permanecen dentro de su propio país.

 
APÁTRIDA  Aquella persona que no es considerada como nacional propio de ningún Estado (apátrida de iure)  o una persona que no disfruta de los derechos fundamentales de los que gozan otros nacionales en su Estado de origen (apátrida de facto). A diferencia de otros grupos señalados aquí, puede que nunca se hayan desplazado del lugar donde nacieron. 

REFUGIADOS EN ARGENTINA 
 

Como consecuencia de las restricciones migratorias y las políticas de seguridad más severas que a partir de los eventos del 11 de septiembre se implementaron en los países tradicionales de asilo, el ACNUR está haciendo un llamamiento a toda la comunidad internacional para que participe en la búsqueda de soluciones a la problemática  de los refugiados. En estas circunstancias se hace inminente también explorar la posibilidad de que otros países sumen su compromiso y abran sus puertas a personas que escapan de persecuciones por motivos definidos en la Convención de 1951. “Es crucial que se amplíe la solidaridad internacional para que la carga de la protección se pueda distribuir de manera más equitativa”, señaló el Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon.  

En Argentina hay más de 3.500 personas refugiadas provenientes de alrededor de 60 países de África, América, Asia y Europa.  
 

Ley del refugiado 

El 8 de noviembre de 2006, una ley general de reconocimiento y protección al refugiado fue aprobada por el Congreso argentino.  

La ley creó una nueva Comisión Nacional de Refugiados (CONARE) como organismo público encargado de resolver las solicitudes de la condición de refugiado (determinar si los solicitantes presentan fundados temores de persecución por su raza, religión, nacionalidad, grupo social u opinión política), y consecuentemente reconocer la condición de refugiado, y diseñar políticas públicas que faciliten la integración de esta población.  
 

El rol del ACNUR en el país 

ACNUR tiene dos funciones principales en Argentina:  

  • asesorar al gobierno en cuanto a la aplicación de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, y trabajar junto con la sociedad civil y con los refugiados para facilitar su proceso de integración en la sociedad; y,

 

  • Apoyar un programa regional de reasentamiento del que forma parte Argentina desde el año 2005, y cuyo objetivo es brindar una segunda oportunidad para refugiados que han salido de su país, y que en el primer país de asilo al que han llegado, siguen experimentando problemas de protección.

 
 

ACNUR junto con sus agencias implementadoras llevan a cabo programas que contemplan la integración de los refugiados. Éstos incluyen enseñanza del idioma español, asistencia legal, capacitación laboral, talleres de integración y otorgamiento de microcréditos a fin de que desarrollen pequeños negocios y puedan mejorar su calidad de vida. 

A fin de promover mejor la integración del refugiado a las comunidades locales, ACNUR también impulsa la firma de acuerdos con municipios para que contemplen la formulación de políticas públicas y estrategias que acompañen a las personas refugiadas desde sus primeros momentos en la ciudad. En noviembre de 2006, el ACNUR y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires firmaron un acuerdo que declara a la capital porteña como “Ciudad Solidaria” con las personas refugiadas. Desde entonces, también Rosario ha sido designada Ciudad Solidaria y Mendoza, Provincia Solidaria con las personas refugiadas.  
 
 

Este documento fue elaborado por la Oficina Regional del ACNUR para el Sur de América Latina. No es de carácter oficial y su utilización es exclusivamente para propósitos de información pública.

 

OFICINA REGIONAL DEL ACNUR EN ARGENTINA

acnurprensa@unhcr.org 

www.acnur.org 

Campaña contra la esclavitud sexual y la trata de personas

20/06/2008

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Argentina es miembro fundador de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Las oficinas de la Organización se instalaron en el país en 1953, para desarrollar programas de cooperación técnica entre países, de transferencia y retorno de recursos humanos calificados, de movilización de expertos en cooperación internacional y de apoyo en el traslado de becarios.

 

Mirá el video realizado en el marco de la campaña contra la nueva forma de esclavitud - el secuestro o engaño a mujeres para esclavizarlas en redes de prostitución haciendo click aquí

 

Información general sobre trata de personas :

 Organización Internacional para las Migraciones (OIM)

Nik

La Nación - 19 de mayo de 2008

Sigue la zona roja en el barrio azul

Vecinos denunciaron que tras los allanamientos, se quitaron las fajas de clausura y los locales abrieron el fin de semana. Claudio Mardones.

La zona roja de los hombres de azul que fue denunciada a pocas cuadras del
Departamento Central de Policía –entre Moreno y avenida Belgrano– sigue funcionando. A pesar de la intervención de dos juzgados federales y del allanamiento realizado por efectivos de Gendarmería Nacional hace quince días, la mayoría de los prostíbulos que fueron disfrazados de bares y cuyo funcionamiento fue registrado con una cámara oculta no han dejado de trabajar.

“Los vecinos nos volvieron a avisar y el sábado pasado organizamos una nueva filmación entre las 3 y las 5 de la mañana y pudimos comprobar que en el 308 y en el 125 de Salta habían arrancado la faja de clausura y que dos días después de los allanamientos, los que están ubicados en el 382 y en el 291 de Santiago del Estero reabrieron sus puertas”, denunció Gustavo Vera, presidente de la Cooperativa La Alameda, la organización que junto al Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE) denunció ante la justicia federal que en esos bares, junto al que está en el 178 de Salta, “funcionan prostíbulos encubiertos con venta y distribución libre de cocaína e ingreso y explotación de menores”.

Cada vez son más los vecinos que se acercan a dar testimonio de lo que está pasando. Según dos declaraciones bajo identidad reservada que fueron realizadas ante la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, el 15 de junio uno de los vecinos vio “a dos personas rompiendo las fajas de clausura del local de Salta 308” y pasadas las horas constató que “entraron 9 varones y 6 mujeres, dos muy jóvenes que le parecieron menores”.

Otro vecino denunció que el 12 de junio hubo un intento por burlar la clausura, pero sin éxito, “porque junto con otros vecinos le impidieron el ingreso, aunque el oficial de policía de consigna asumió una actitud pasiva e incluso se alejaba durante largos lapsos”.

Una de las denuncias destacó que llamaron varias veces al 911 pero luego observaron “que se acercó un móvil de la Comisaría 4ª y el conductor del patrullero terminó charlando con el dueño del local”.

Los testimonios reunidos serán remitidos al Juzgado Federal Nº 2, encabezado por Jorge Ballestero, que investiga los tugurios. Las denuncias también están en poder de la Iglesia católica. La semana pasada un grupo de vecinos envió una carta a la Iglesia de Nuestra Señora de Montserrat, que funciona a dos cuadras de la sede central de la Federal. En el documento los vecinos pidieron ayuda a la Curia “para que interceda ante todas las autoridades competentes para que se termine el flagelo de los bares prostibularios que rodean a esa iglesia justamente en las calles Salta y Santiago del Estero y otras aledañas”.

La carta denuncia que “además en el bar de Santiago del Estero 291 viven una mujer joven con su bebé de meses y un adolescente de 14 años en el entrepiso”, algo que es considerado en el barrio como una pequeña guardería para trabajadoras sexuales. Las denuncias forman parte de los expedientes Nº 5.544, del Juzgado Federal Nº 5 a cargo de Norberto Oyarbide, y Nº 8.364 en manos de Ballestero.

“Si no intervienen, el próximo paso será caer con una delegación masiva de diputados nacionales y cámaras de televisión para labrar actas populares. Vamos a ir con un escribano para constatar lo que venimos denunciando”, anticipó Vera.

Liberan a 100 presos por delitos graves

Las excarcelaciones se concedieron desde octubre pasado hasta ahora, a pesar de los informes penitenciarios negativos

Miércoles 18 de junio de 2008

Desde octubre pasado hasta la actualidad, la Cámara de Apelaciones de San Isidro liberó a 100 presos condenados por delitos graves a pesar de que tenían informes desfavorables del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB).

Según informaron fuentes judiciales, la liberación de este centenar de detenidos causó preocupación entre los funcionarios judiciales de ese distrito.

En los últimos ocho meses, los fiscales del mencionado departamento judicial presentaron recursos contra todas y cada una de esas 100 excarcelaciones.

La preocupación de los distintos foros de seguridad y de los policías del mencionado distrito se fundó en que cuatro de los cinco integrantes de la banda de asaltantes que el miércoles último irrumpió en la casa de Ernesto Matta, en Martínez, y asesinó al comerciante habían sido beneficiados con salidas transitorias y con libertad condicional.

Aunque los cuatro sospechosos no fueron excarcelados por la Cámara de Apelaciones de San Isidro, sino por tribunales de Morón, Bahía Blanca y Mar del Plata, las resoluciones encendieron una luz de alerta sobre las libertades concedidas a pesar de los informes negativos del SPB.

La ley 12.256, también conocida como ley de ejecución penal bonaerense, dispone que el beneficio de la libertad condicional y las salidas transitorias sólo debe alcanzar a aquellos presos que tengan una conducta calificada como "muy buena o excelente".

De acuerdo con las fuentes y con los recursos planteados por los distintos fiscales, todos los presos que fueron liberados tenían una condena firme, llevaban algunos años en prisión y habían sido evaluados negativamente por la Junta de Selección del SPB.

Si bien el informe no es vinculante para los jueces, la ley de ejecución penal establece que un interno puede acceder al beneficio de la libertad condicional o de la salidas transitorias sólo si tiene conducta calificada como "muy buena".

En el Departamento Judicial San Isidro, la Cámara de Apelaciones y Garantías cuenta con nueve magistrados, divididos en tres salas.

Según informaron fuentes judiciales, de los 100 presos con condenas que fueron liberados 45 fueron excarcelados a través de resoluciones firmadas por la Sala III del mencionado tribunal, integrada por los magistrados Celia Margarita Vázquez, Raúl Borrino y Gustavo Herbel.

Al analizar uno de los 45 expedientes, los jueces concedieron la libertad a un preso que había sido evaluado negativamente por la Junta de Selección del SPB y cuando todavía le faltaban dos meses para cumplir el tiempo exigido por la ley de ejecución penal.

"Las resoluciones en las que se concedieron las excarcelaciones no se corresponden con lo que exige la ley, debido a que no contaban con los informes favorables de los psiquiatras y psicólogos de los respectivos penales respecto de su pronóstico de reinserción social. Además no cumplieron con regularidad los reglamentos carcelarios", expresó una importante fuente judicial.

No es la primera vez que las excarcelaciones otorgadas por los jueces Borrino y Vázquez fueron cuestionadas por la Justicia.

Hace cuatro años, la Suprema Corte bonaerense decidió revisar un fallo en el que los magistrados liberaron a un violador condenado por abusar de los cuatro hijos de su concubina. En ese caso, tal como ocurrió con las excarcelaciones concedidas en los últimos ocho meses, el SPB había desaconsejado la medida.

Además, los jueces fueron cuestionados por un grupo de diputados provinciales del PJ que elevaron al procurador general de la Corte, cargo que en ese momento era desempeñado por Eduardo Matías de la Cruz, una solicitud para que estudiara la alternativa de enjuiciar a Borrino y a Vázquez.

Luego de revisar el fallo, los integrantes del máximo tribunal de la provincia no encontraron ninguna irregularidad y cerraron el caso.

Otro de los fallos cuestionados de la Sala III se conoció hace dos años, cuando beneficiaron con la excarcelación a Mario Ochoa, quien estaba acusado del supuesto abuso de un grupo de chicos con sus capacidades mentales disminuidas.

Un año después, Ochoa fue condenado a 16 años de prisión, pero no fue a la cárcel en el momento de la sentencia porque gozaba de la excarcelación.

Por Gustavo Carabajal
De la Redacción de LA NACION


Antecedentes

  • Hace cuatro años la Cámara de Diputados bonaerense sancionó la ley que privó de los beneficios de salidas anticipadas y laborales a los condenados por delitos sexuales. El artículo 100 de la ley de ejecución penal establece que no podrá otorgarse el beneficio del ingreso al régimen abierto y a las salidas transitorias a condenados por delitos, entre otros, "contra la integridad sexual agravada". El tratamiento del tema en la Cámara baja provincial se aceleró debido al fallo de la sala III de la Cámara de Apelaciones Penal de San Isidro, que permitió salidas transitorias a un condenado por violar a una menor de edad.

Daños

Por Washington Uranga -¨Perfil

Es muy positivo que cada persona defienda con firmeza y perseverancia aquello en lo que cree. Es sano que ocurra. Hacerlo no sólo demuestra integridad sino coherencia con los principios. Existen, sin embargo, algunos riesgos. El primero es pensar que la opinión propia es la única que contempla todas las alternativas. Quien así procede niega el valor de la diferencia y busca quitarle legitimidad al punto de vista contrario. La pasión que los sujetos ponen en defensa de la propia perspectiva puede acarrear, probablemente como consecuencia no deseada, la incapacidad de percibir el valor de miradas ajenas. Se cae entonces en la descalificación anticipada de los argumentos de los otros. Se subordina la reflexividad sobre lo que se hace o lo que se dice y, lisa y llanamente, se sobreactúa la ratificación de lo propio. La argumentación se blinda y se convierte en hermética, inexpugnable. Las acciones se organizan en una escalada que va dejando atrás el discernimiento sereno para darle paso sólo a la confirmación de las propias convicciones. Así planteado el oponente se convierte en enemigo. Visto de esta manera el éxito equivale a la eliminación del otro. En ese contexto negociar y consensuar puede entenderse como fracaso o derrota. Sólo se considera superadora una alternativa que incluya todas las certezas propias.

Hasta los intereses presuntamente legítimos se convierten en ilegítimos cuando, en su nombre, se avanza sobre los derechos de otros. Se corre el riesgo también de perder la sensibilidad respecto de lo que algunos han bautizado “daños colaterales” y que pueden traducirse en perjuicio a terceros, ajenos al conflicto principal o víctimas indefensas de los beligerantes. No reparar en el daño que se causa es insensibilidad y manifiesta un egoísmo que sólo atiende al propio interés. Insensibilidad es torpeza, es brutalidad, es negación del prójimo. Es indiferencia ante el sufrimiento de otro.

Cualquier vinculación con lo que ocurre en la Argentina en estos días va por cuenta de quien lee. Estos son tiempos complejos. Las palabras pueden dar lugar a interpretaciones múltiples. También opuestas a lo que se pretendió comunicar. A veces porque están mal enunciadas o emitidas de manera confusa. Otras, en cantidad por lo menos equivalente a la primera, porque el contexto de quien las recibe y su propia comunidad de interpretación no le habilita (o bien el sujeto no se permite a sí mismo) una mirada que no sea la propia, otra perspectiva diferente a aquella que se pretende afirmar. Sólo para aclararlo. Estas líneas no tienen otra pretensión que la de compartir –en medio de la confusión– una reflexión personal y hasta autocrítica. No hay otro objetivo que el de atreverse a pensar. Pero, claro está, comunicar un pensamiento siempre es una invitación a otros para que, actuando con toda libertad, se puedan sentir motivados a hacer lo mismo. Si esto último acontece se habrá logrado un doble propósito.