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Liberan a 100 presos por delitos graves

Las excarcelaciones se concedieron desde octubre pasado hasta ahora, a pesar de los informes penitenciarios negativos

Miércoles 18 de junio de 2008

Desde octubre pasado hasta la actualidad, la Cámara de Apelaciones de San Isidro liberó a 100 presos condenados por delitos graves a pesar de que tenían informes desfavorables del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB).

Según informaron fuentes judiciales, la liberación de este centenar de detenidos causó preocupación entre los funcionarios judiciales de ese distrito.

En los últimos ocho meses, los fiscales del mencionado departamento judicial presentaron recursos contra todas y cada una de esas 100 excarcelaciones.

La preocupación de los distintos foros de seguridad y de los policías del mencionado distrito se fundó en que cuatro de los cinco integrantes de la banda de asaltantes que el miércoles último irrumpió en la casa de Ernesto Matta, en Martínez, y asesinó al comerciante habían sido beneficiados con salidas transitorias y con libertad condicional.

Aunque los cuatro sospechosos no fueron excarcelados por la Cámara de Apelaciones de San Isidro, sino por tribunales de Morón, Bahía Blanca y Mar del Plata, las resoluciones encendieron una luz de alerta sobre las libertades concedidas a pesar de los informes negativos del SPB.

La ley 12.256, también conocida como ley de ejecución penal bonaerense, dispone que el beneficio de la libertad condicional y las salidas transitorias sólo debe alcanzar a aquellos presos que tengan una conducta calificada como "muy buena o excelente".

De acuerdo con las fuentes y con los recursos planteados por los distintos fiscales, todos los presos que fueron liberados tenían una condena firme, llevaban algunos años en prisión y habían sido evaluados negativamente por la Junta de Selección del SPB.

Si bien el informe no es vinculante para los jueces, la ley de ejecución penal establece que un interno puede acceder al beneficio de la libertad condicional o de la salidas transitorias sólo si tiene conducta calificada como "muy buena".

En el Departamento Judicial San Isidro, la Cámara de Apelaciones y Garantías cuenta con nueve magistrados, divididos en tres salas.

Según informaron fuentes judiciales, de los 100 presos con condenas que fueron liberados 45 fueron excarcelados a través de resoluciones firmadas por la Sala III del mencionado tribunal, integrada por los magistrados Celia Margarita Vázquez, Raúl Borrino y Gustavo Herbel.

Al analizar uno de los 45 expedientes, los jueces concedieron la libertad a un preso que había sido evaluado negativamente por la Junta de Selección del SPB y cuando todavía le faltaban dos meses para cumplir el tiempo exigido por la ley de ejecución penal.

"Las resoluciones en las que se concedieron las excarcelaciones no se corresponden con lo que exige la ley, debido a que no contaban con los informes favorables de los psiquiatras y psicólogos de los respectivos penales respecto de su pronóstico de reinserción social. Además no cumplieron con regularidad los reglamentos carcelarios", expresó una importante fuente judicial.

No es la primera vez que las excarcelaciones otorgadas por los jueces Borrino y Vázquez fueron cuestionadas por la Justicia.

Hace cuatro años, la Suprema Corte bonaerense decidió revisar un fallo en el que los magistrados liberaron a un violador condenado por abusar de los cuatro hijos de su concubina. En ese caso, tal como ocurrió con las excarcelaciones concedidas en los últimos ocho meses, el SPB había desaconsejado la medida.

Además, los jueces fueron cuestionados por un grupo de diputados provinciales del PJ que elevaron al procurador general de la Corte, cargo que en ese momento era desempeñado por Eduardo Matías de la Cruz, una solicitud para que estudiara la alternativa de enjuiciar a Borrino y a Vázquez.

Luego de revisar el fallo, los integrantes del máximo tribunal de la provincia no encontraron ninguna irregularidad y cerraron el caso.

Otro de los fallos cuestionados de la Sala III se conoció hace dos años, cuando beneficiaron con la excarcelación a Mario Ochoa, quien estaba acusado del supuesto abuso de un grupo de chicos con sus capacidades mentales disminuidas.

Un año después, Ochoa fue condenado a 16 años de prisión, pero no fue a la cárcel en el momento de la sentencia porque gozaba de la excarcelación.

Por Gustavo Carabajal
De la Redacción de LA NACION


Antecedentes

  • Hace cuatro años la Cámara de Diputados bonaerense sancionó la ley que privó de los beneficios de salidas anticipadas y laborales a los condenados por delitos sexuales. El artículo 100 de la ley de ejecución penal establece que no podrá otorgarse el beneficio del ingreso al régimen abierto y a las salidas transitorias a condenados por delitos, entre otros, "contra la integridad sexual agravada". El tratamiento del tema en la Cámara baja provincial se aceleró debido al fallo de la sala III de la Cámara de Apelaciones Penal de San Isidro, que permitió salidas transitorias a un condenado por violar a una menor de edad.

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